¿Cuánto tiempo tengo para modificar una posesión efectiva? Se debe tener en cuenta que las modificaciones de posesión efectiva no son un trámite rápido y debe ser justificado adecuadamente. En este punto, ya existen unas condiciones pactadas y una serie de herederos (beneficiarios) que también van a velar por sus derechos.
Este artículo se basa en modificaciones posterior a la muerte de quien deja su testamento. Por ende, es importante aclarar que acorde a las recomendaciones recibidas por distintos abogados, este proceso debe hacerse a través de un especialista en herencias.
¿Cuánto tiempo tengo para modificar una posesión efectiva?
En la legislación chilena, la modificación de una posesión efectiva puede llevarse a cabo, pero no existe un plazo específico en la ley que dicte un límite de tiempo para realizar estas modificaciones una vez que la posesión efectiva ha sido concedida. La celeridad en estos casos, sin embargo, es esencial para evitar complicaciones legales o fiscales.
Es importante destacar que, si la Posesión Efectiva ha sido emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, y usted desea utilizar esta resolución en un trámite administrativo, deberá tener en cuenta que la resolución no puede tener más de 60 días desde su emisión. Pasado ese tiempo, la resolución puede considerarse como no válida para ciertos trámites y podría requerirse una nueva emisión o certificación actualizada para seguir adelante con los procedimientos legales o administrativos.
Si se encuentra en una situación que requiere la modificación de la posesión efectiva, nuestra recomendación es que busque asesoría legal especializada lo más pronto posible para evaluar las particularidades de su caso.
¿Cómo se procede a una rectificación de posesión efectiva?
La rectificación de posesión efectiva es un proceso legal que puede ser tanto sencillo como complejo, dependiendo del caso. Trataremos de aclarar cómo se lleva a cabo este proceso, ya sea que esté en manos del tribunal civil o del Registro Civil.
Proceso judicial ante el Tribunal Civil
Si el caso de posesión efectiva está siendo manejado por un tribunal civil, el primer paso para la rectificación es presentar un escrito al juzgado competente. En este escrito, se deben detallar las modificaciones requeridas y cualquier otro elemento pertinente. Una vez que se presente esta solicitud, el tribunal tomará una decisión. Puede aprobar o rechazar los cambios solicitados y, posteriormente, señalará qué pasos deben seguirse.
Proceso ante el Registro Civil
Por otro lado, si el caso está siendo manejado a través del Registro Civil, el proceso de rectificación es un poco diferente. Aquí, la rectificación puede involucrar cambios como añadir o quitar una persona de la lista de herederos, o incluso corregir datos personales de los involucrados. Este procedimiento se puede realizar directamente en la oficina del Registro Civil o mediante el sitio web de este, rellenando el formulario correspondiente.
Publicación y notificación
Cuando se trata de modificar el inventario de bienes y se aprueba dicha modificación, es obligatorio publicar un extracto de la decisión en un periódico de la región correspondiente. Esta publicación se realiza ya sea el primer o el decimoquinto día del mes, o el siguiente día hábil si esas fechas caen en un sábado o feriado.
Resolución de reposición
Si se rechaza una solicitud de modificación y se pide una reposición, el director regional tiene un tiempo específico para resolverla. Según las normas, el director debe tomar una decisión en un plazo de 10 días hábiles después de haber recibido la solicitud de reposición.
Consecuencias de no rectificar
Es crucial saber que, si no se lleva a cabo una rectificación, las consecuencias pueden ser significativas. En tales casos, la lista de herederos se formará exclusivamente a partir de los datos disponibles en el Registro Civil. Esta lista puede ser impugnada, pero solo bajo ciertas condiciones y plazos.
¿Cuánto cuesta un trámite de posesión efectiva?
El costo de tramitar una posesión efectiva varía según múltiples factores, desde el valor total del inventario hasta la región donde se realice el trámite. Por tanto, es crucial tener una idea clara de estos costos antes de embarcarse en el proceso. Esto permitirá planificar adecuadamente y evitar sorpresas desagradables en un momento que ya de por sí es emocionalmente delicado.
Recuerda que el tiempo que tienes para modificar una posesión efectiva no cambia el valor total del inventario y los cobros asociados a estos. En este caso, la Unidad Tributaria Anual (UTA) es equivalente a doce veces la Unidad Tributaria Mensual (UTM).
Para el año 2023, el valor promedio de la UTA se sitúa en aproximadamente $759.912 CLP. Dado que este monto cambia mensualmente, es importante verificar su valor actualizado en el enlace proporcionado.
- Sin costo: Si el valor total del inventario valorado de los bienes es igual o inferior a 15 UTA (Unidad Tributaria Anual), el trámite es gratuito.
- Costo moderado: En el caso de que el valor total del inventario se sitúe entre 15 y 45 UTA, se debe abonar una tarifa de 1,6 UTM.
- Costo elevado: Si el valor total supera las 45 UTA, el coste del trámite asciende a 2,5 UTM.