El 5 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.806, que formaliza el acuerdo de reajuste salarial alcanzado entre el Gobierno del Presidente Boric y la Mesa del Sector Público en enero. El texto lleva la firma del ministro de Hacienda Nicolás Grau y del ministro del Trabajo Giorgio Boccardo, y representa el cierre formal de una negociación que involucró a más de un millón de funcionarios del Estado.
El bono de escolaridad ya se pagó en marzo. El primer tramo del reajuste salarial entró con retroactividad al 1 de diciembre de 2025. Y el segundo tramo llega en junio. Para los funcionarios que aún no tienen claro qué les corresponde, cuándo llega y por qué sus liquidaciones pueden diferir de lo que se publicó en los medios, este artículo detalla todos los componentes del acuerdo, uno por uno, con los montos exactos que establece la ley.
El acuerdo en números: lo que el Gobierno y la Mesa del Sector Público pactaron
El Protocolo de Acuerdo firmado el 20 de enero de 2026 entre el Ejecutivo y las organizaciones sindicales del Estado tiene 26 puntos. Sus componentes económicos centrales son:
- Reajuste salarial total del 3,4%, aplicado en dos tramos: un 2,0% con retroactividad al 1 de diciembre de 2025, y un 1,4% adicional a partir del 1 de junio de 2026
- Aumento del 5% para las remuneraciones mínimas del sector público, llevándolas a un rango entre $564.598 y $668.412 mensual desde enero de 2026 según el estamento
- Reajuste del 3,4% en todos los bonos y aguinaldos asociados al acuerdo
- Modalidad de trabajo híbrido en el Estado prorrogada durante 2026
- Notificación obligatoria con 30 días de antelación para la no renovación de contratas, basada en actos fundados
«Para nosotros como Gobierno llegar a este acuerdo es muy significativo. Es el cierre de un proceso de negociación que buscó dar certezas a quienes sirven a Chile desde el Estado, con responsabilidad fiscal y con reconocimiento al trabajo de miles de funcionarias y funcionarios.»
— Nicolás Grau, Ministro de Hacienda, al firmar el Protocolo de Acuerdo, enero de 2026
«Este movimiento sindical ha sido parte fundamental de estos 35 años de democracia y seguirá conversando, proponiendo y defendiendo derechos, siempre con autonomía y con vocación de país. Hoy lo urgente es aprobar este acuerdo y dar certezas a quienes sirven a Chile desde el Estado.»
— Representante de la Mesa del Sector Público (MSP), al momento de la firma del Protocolo de Acuerdo
El Bono de Escolaridad 2026: montos exactos, quiénes reciben y cuándo llega la segunda cuota
El Bono de Escolaridad es el beneficio que más interesa a los funcionarios con hijos en edad escolar. En 2026 subió a $89.164 por cada hijo causante, como resultado del reajuste del 3,4% sobre el monto anterior. Se paga en dos cuotas iguales de $44.582 cada una: la primera en marzo y la segunda en junio.
Además, los funcionarios con remuneración líquida igual o inferior a $1.060.493 reciben una Bonificación Adicional de $37.666 en la cuota de marzo, por cada hijo que cause el beneficio. Eso significa que para un funcionario de renta baja con un hijo, la primera cuota total en marzo suma $82.248.
¿Quiénes reciben el Bono de Escolaridad?
- Funcionarios públicos de ministerios, servicios, municipalidades y otras entidades del Estado regidos por la normativa del sector público
- Con hijos o cargas familiares cursando enseñanza prebásica (1° o 2° nivel de transición), educación básica, media, superior o especial en establecimientos reconocidos por el Estado
- La carga familiar debe estar debidamente acreditada en la institución pública empleadora
- El tope de remuneración bruta para recibir el bono es de $3.511.800
¿Qué pasa si el hijo está en educación superior?
Sí, los hijos que cursan estudios universitarios, técnicos o en institutos profesionales en instituciones reconocidas por el Estado también generan el beneficio, siempre que estén acreditados como cargas familiares y no tengan ingresos superiores al 50% del ingreso mínimo. El certificado de alumno regular debe estar vigente al momento del pago.
El calendario completo de pagos de 2026: todos los bonos y cuándo llegan
| Beneficio | Tramo 1 (renta hasta $1.060.493) | Tramo 2 (renta hasta $3.511.800) | Mes de pago |
|---|---|---|---|
| Bono de Escolaridad (primera cuota) | $44.582 + bonificación adicional $37.666 | $44.582 | Marzo 2026 ✓ (ya pagado) |
| Bono de Escolaridad (segunda cuota) | $44.582 | $44.582 | Junio 2026 |
| Segundo tramo del reajuste salarial (+1,4%) | Aplica a todas las remuneraciones | Aplica a todas las remuneraciones | Junio 2026 |
| Bono de Vacaciones | $112.915 | $56.457 | Enero-febrero (ya pagado) |
| Bono Término de Negociación (pago único) | $150.000 | $75.000 | Según tramitación de la ley |
| Aguinaldo Fiestas Patrias | $91.682 | $63.645 | Septiembre 2026 |
| Aguinaldo de Navidad | $71.206 | $37.666 | Diciembre 2026 |
Todos estos montos ya incorporan el reajuste del 3,4% que establece la Ley N° 21.806. El pago es automático para los funcionarios que cumplen los requisitos, sin necesidad de trámites adicionales. La institución donde presta servicios gestiona el pago a través de su sistema de remuneraciones.
El Bono de Término de Negociación: más de un millón de funcionarios con pago pendiente
Este es el bono que más ruido generó durante la negociación y que más personas tienen pendiente. El Bono de Término de Negociación (también llamado Bono de Término de Conflicto) asciende a $150.000 para funcionarios con renta líquida igual o inferior a $1.060.493, y a $75.000 para quienes superan ese monto pero no exceden los $3.511.800 brutos.
Según los datos comunicados por ASEMUCH y la CUT, el beneficio favorece a más de 1.193.000 funcionarios públicos en todo el país, lo que lo convierte en el componente de mayor cobertura del paquete de reajuste 2026.
El pago está sujeto a los plazos administrativos de tramitación de la ley y a la programación de flujos de cada institución pública. Para los funcionarios que aún no lo han recibido, la recomendación de las asociaciones gremiales es consultar directamente con la Unidad de Recursos Humanos de su institución para verificar la fecha de pago programada.
El Bono Mensual de Cargo Fiscal: qué es y quién lo recibe
Este es el componente menos conocido del paquete pero el que mayor impacto tiene en los funcionarios de menores ingresos. El Bono Mensual de Cargo Fiscal es un aporte adicional que se paga todos los meses sobre la liquidación regular, diseñado para complementar el ingreso de los funcionarios con remuneraciones más bajas.
Con el reajuste del 5% aplicado en 2026, los montos y tramos actualizados son:
- Aporte máximo de $62.903 mensual para remuneraciones hasta $673.687
- El monto disminuye de forma progresiva a medida que la remuneración sube
- Deja de pagarse cuando la remuneración supera un tope que la ley define anualmente
- Es imponible para efectos de pensiones
Lo que cambia en el segundo tramo: el 1,4% de junio y quiénes quedan fuera
El segundo tramo del reajuste salarial del 1,4% entra en vigor el 1 de junio de 2026. Ese aumento se aplica automáticamente sobre la remuneración con el primer tramo ya incorporado, lo que en la práctica significa que la suma total no es simplemente 2,0% más 1,4% sobre el sueldo original: el segundo tramo se calcula sobre la base ya reajustada con el primer tramo.
Hay una condición importante que el análisis de Buk destaca con precisión:
«Una duda recurrente entre los funcionarios es qué sucede con el segundo tramo del reajuste (1,4%) para quienes terminan sus funciones el 31 de diciembre de 2025. Al ser un aumento que entra en vigencia recién en junio de 2026, solo beneficia a quienes mantengan su contrato vigente a esa fecha. Para quienes dejaron la administración pública al cierre del año 2025, el reajuste del 1,4% no se traduce en un pago retroactivo ni en un finiquito mayor.»
— Análisis de remuneraciones del sector público, Buk Chile, diciembre de 2025
En otras palabras: si un funcionario con contrata terminó sus funciones en diciembre de 2025, tiene derecho al primer tramo del 2,0% de forma retroactiva al 1 de diciembre de ese año, pero no al segundo tramo del 1,4%, porque ese reajuste aún no existía legalmente cuando terminó el vínculo laboral.
La medida laboral que más interesa a los contratados: la notificación anticipada
Uno de los 26 puntos del Protocolo de Acuerdo que más celebraron las organizaciones sindicales no es económico, sino de estabilidad laboral. El acuerdo establece la obligación de notificar con al menos 30 días de antelación la no renovación de contratas, basándose en actos fundados. Esta medida busca formalizar el principio de «Confianza Legítima» que los tribunales laborales ya reconocían jurisprudencialmente, pero que no tenía respaldo explícito en la normativa.
La relevancia es especialmente alta en el contexto del cambio de gobierno del 11 de marzo de 2026, donde históricamente se producen desvinculaciones masivas de funcionarios a contrata en los primeros meses de la nueva administración. La obligación de notificación anticipada y con fundamento concreto no impide las desvinculaciones, pero genera un procedimiento que protege al trabajador y puede ser objeto de reclamo ante la Contraloría General de la República si no se cumple.
Qué pasa con el trabajo híbrido en el Estado en 2026
La modalidad de trabajo híbrido en el sector público, que permite a los funcionarios dividir su jornada entre el lugar de trabajo y el teletrabajo, fue prorrogada durante todo 2026 como parte del acuerdo. Las condiciones específicas de cada institución dependen del reglamento interno de cada servicio, pero el marco habilitante para mantener el teletrabajo quedó consagrado en la ley de reajuste.
- No es obligatorio para las instituciones: cada servicio define si aplica la modalidad y en qué condiciones
- El funcionario no puede exigir teletrabajo si su institución no lo tiene implementado
- Los gastos de conectividad y equipamiento en modalidad híbrida siguen siendo materia de negociación interna en cada servicio
- La prórroga no implica que sea permanente: debe renegociarse en el proceso de reajuste 2026-2027
Cómo verificar si todos los componentes llegaron correctamente a la liquidación
Los funcionarios que quieran confirmar que los montos de la Ley N° 21.806 están correctamente reflejados en sus liquidaciones pueden seguir estos pasos:
- Comparar la remuneración base de noviembre de 2025 con la de diciembre de 2025: debe reflejar el 2,0% de aumento
- Verificar que el Bono de Escolaridad de marzo incluyó la primera cuota de $44.582 más la bonificación adicional de $37.666 si la remuneración líquida era inferior a $1.060.493
- Confirmar con la Unidad de RR.HH. si el Bono de Término de Negociación ya fue programado o si hay fecha tentativa de pago
- Revisar que el Bono Mensual de Cargo Fiscal aparece mensualmente en la liquidación si la remuneración está dentro del tramo
- Guardar las liquidaciones de diciembre 2025 y enero–marzo 2026 para comparar con la de junio cuando entre el segundo tramo del 1,4%
Si algún componente no aparece, el primer canal de consulta es el Departamento de Remuneraciones o de Recursos Humanos de la propia institución. Si la respuesta es insatisfactoria o el monto sigue sin reflejarse después de un plazo razonable, la Contraloría General de la República tiene atribuciones para fiscalizar el correcto pago de los beneficios establecidos en la ley de reajuste del sector público.
Preguntas que muchos funcionarios se hacen y que pocas fuentes responden
¿El reajuste aplica a funcionarios municipales? Sí. La Ley N° 21.806 cubre a los funcionarios de municipalidades y de otros organismos del Estado que se rigen por el Estatuto Administrativo y normativas relacionadas. Las asociaciones municipales como ASEMUCH confirmaron expresamente que el bono de escolaridad y los demás componentes aplican a sus afiliados.
¿Los funcionarios a honorarios reciben estos beneficios? No. Los trabajadores a honorarios del Estado están excluidos de los beneficios de la Ley de Reajuste porque no tienen vínculo laboral con el Estado sino un contrato de prestación de servicios. Esa exclusión ha sido objeto de debate recurrente en las negociaciones del sector público sin resolverse en la Ley N° 21.806.
¿El bono de escolaridad se paga por cada hijo o una sola vez? Se paga por cada hijo o carga familiar que cause el beneficio, siempre que esté acreditado en la institución. Un funcionario con tres hijos cursando estudios recibe tres veces el bono.
¿Las Fuerzas Armadas y Carabineros están incluidos? No. Los funcionarios de las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones tienen sus propios sistemas de remuneraciones y negociación salarial, independientes del proceso de la Mesa del Sector Público.
Fuentes: Ministerio de Hacienda, ANEF Chile – Ley N° 21.806, ASEMUCH – Comunicado N° 4 del 22 de enero de 2026, BioBioChile, 24horas, Buk Chile, Nubox, CUT Chile. Información verificada al 22 de marzo de 2026.